A continuación y por escrito tienes las coberturas de la nueva licencia 2014:
LICENCIA PROVINCIAL 2014:
El importe de las licencia para poder participar en el provincial de MX Córdoba 2014 es de 150 €, con cobertura a los pilotos tanto en los entrenamientos oficiales como en las carreras programadas, además del extra de esta temporada, de cobertura en los entrenamientos libres que realicen en los circuitos programados del calendario del Provincial y que no modifiquen los trazados con respectos a su verificación como carrera del Provincia
Las prestaciones de esta póliza se corresponden con los mínimos a cubrir por el SEGURO OBLIGATORIO para deportistasFederados según el Real Decreto 849/1993 de 4 de junio, de Seguro Obligatorio Deportivo:
1 . Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial en accidentes ocurridos en el Territorio nacional, sin límite de gastos, y con un límite temporal de hasta 18 meses desde la fecha del accidente. 2. Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos,y con un límite temporal de 18 meses desde la fecha del accidente. 3. Asistencia en régimen hospitalario, de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de 18 meses desde la fecha del accidente. 4. Los gastos originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la fecha del accidente. 5. Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 6.01 O, 12 euros y con un límite temporal de hasta 18 meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento.6. Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo, hasta 12.020,24 euros, para los grandes inválidos (tetraplejia). 7. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe de 6.01 O, 12 euros. 8. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe de 1.803,04 euros.9. Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe del 70% del precio de venta al público del mencionado material ortopédico. 10. Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en laboca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 240,40 euros. 11 . Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado desde lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional. 12. Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional. 13. Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.